En un paso hacia la simplificación normativa, el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) decidió derogar la Resolución 185/2020. Esta norma había establecido la obligatoriedad de un Certificado de Análisis de Laboratorio para la comercialización de yerba mate y sus derivados en el mercado interno. Sin embargo, nunca fue implementada debido a la falta de reglamentación. La decisión se formalizó a través de la Resolución 61/2025, firmada en Posadas el 12 de junio.
La Resolución 185/2020, aprobada durante la administración anterior, requería que cada Registro Nacional de Producto Alimenticio (R.N.P.A.) tuviera un certificado emitido por el INYM o por laboratorios autorizados. Este debía analizar parámetros físico-químicos y microbiológicos. No obstante, la normativa nunca fue operativa debido a la ausencia de protocolos y especificaciones técnicas.
La derogación se fundamenta también en la superación de la norma por nuevas regulaciones, como el Decreto 35/2025, que exime a ciertos productos importados del Mercosur de contar con un R.N.P.A. Además, el Decreto 90/2025 instruyó la revisión de normativas obsoletas como parte de una política de modernización del Estado.
El INYM se comprometió a revisar su normativa para adaptarse a un marco de gestión más ágil. A pesar de la eliminación del certificado, el INYM sigue teniendo la autoridad para exigir controles de calidad, según la Ley 25.564. Esto abre la puerta a discutir nuevos mecanismos de tr
















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