Responsabilidad por Mortandad de Animales en Custodia
La entrevista se centró en qué ocurre y quién responde legalmente cuando mueren animales que han sido entregados por su dueño a un tercero para su alimentación o cuidado (custodia, feedlot, o aparcería).
El Porcentaje de Mortandad Normal
Definición: Para la Dra Baldussi, existe un porcentaje de mortandad que se considera normal y esperable (ej. 2% o 3% en invernada).
Base Legal: Esta cifra no la establece la ley, sino que surge de los usos, costumbres y prácticas del sector.
Consecuencia: La recomendación general es no investigar ni generar gastos por mortandades que caen dentro de este rango normal. Estos animales perdidos suelen quedar a cargo del dueño de los animales, según la profesional.
Mortandad Inesperada (Exceso del Porcentaje Normal)
Previsión: En este caso, Baldussi recomienda establecer de antemano en el contrato cómo se va a proceder si la mortandad excede el porcentaje normal (ej. más del 3% o 4%).
Investigación: Si se excede el límite normal, se debe establecer la causa de la muerte.
Hasta un Porcentaje «Doble»: En la práctica hasta un porcentaje que dobla lo común (ej. 4% o 5%) y sin causa evidente, la pérdida se reparte por mitad entre el dueño y el encargado de la custodia, para evitar gastos de necropsia o investigación.
Causa Evidente: Si la muerte es por un error de manejo, golpe, falta de alimento o vacunas (culpa del encargado de la custodia), este deberá responder.
Deberes del Encargado de la Custodia
Aviso al Dueño: El encargado debe dar aviso al dueño de los animales dentro de las veinticuatro horas para que este decida si, a su costo, quiere realizar una indagación o investigación.
Prueba de Buen Cuidado: La responsabilidad se atribuye al que está a cargo de la custodia, quien tiene la obligación de probar que cumplió con todas las reglas de buenas prácticas y buenos cuidados a su cargo.
Respuesta por Culpa: El custodio solo responde si la pérdida fue por su culpa o falta de responsabilidad (ej. no dar agua, no aplicar vacunas).
Eventos Imposibles de Resistir (Caso Fortuito)
Ejemplos: Rayo, centella, epidemia.
Concepto: Se trata de un evento inevitable o imposible de resistir (fuerza mayor o caso fortuito).
Consecuencia: Cuando la causa es inevitable por la fuerza de la naturaleza, la regla general es que el que pierde es el dueño de los animales.
Marco Jurídico General
Norma Específica: La Dra. Balduzzi aclara que no hay una norma específica que regule estos porcentajes.
Reglas Generales: Se aplican las reglas generales del derecho, que establecen que el que obra con culpa o falta de responsabilidad debe responder por el daño causado.
Recomendación: Siempre es mejor prever todos estos puntos anticipadamente en el contrato para ahorrar gastos y tiempo.
ENTREVISTA COMPLETA A LA DRA CAROLINA BALDUSSI EN EL PROGRAMA VALOR AGRO RADIO
fuente:valor agro
















Deja un comentario
Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *.